Cuando el juez aprecie que un caso podría ser resuelto de forma más ágil por un mediador, podrá instar a las partes a utilizar esta fórmula

 

El Gobierno ha aprobado el real decreto ley de Mediación Civil y Mercantil, que impulsa la resolución de conflictos sin necesidad de acudir a los tribunales como una fórmula de carácter totalmente voluntario y con el objetivo de aliviar el colapso de los Juzgados.

 

El carácter «voluntario» de la mediación -sin obligación legal ninguna de acudir a ella- supone una novedad respecto al proyecto que en 2011 remitió a las Cortes el Gobierno socialista, que imponía esta vía para la reclamación de cantidades inferiores a 6.000 euros.

 

Para fomentar la mediación, el real decreto prevé también que, cuando el juez aprecie que un caso podría ser resuelto de forma más ágil y barata por un mediador, podrá instar a las partes a utilizar esta fórmula, para lo que les invitará a asistir a una sesión informativa. Otra de las novedades que incluye el proyecto aprobado hoy, según han confirmado fuentes del Ministerio de Justicia, es que el mediador no tendrá que ser obligatoriamente un licenciado, sino que el requisito que se establece es que tenga una «formación mínima» para intervenir en este tipo de controversias.

 

En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha dicho que el Ejecutivo buscará la colaboración de las Cámaras de Comercio para que puedan ejercer entre sus funciones la labor de mediación en el ámbito civil y mercantil.

 

Sáenz de Santamaría ha destacado la importancia de esta norma para reducir la litigiosidad y conseguir una Justicia ágil, moderna, eficaz y eficiente y ha explicado que con ella se persigue que los particulares, en lugar de acudir a los tribunales, intenten ponerse de acuerdo a través de la figura del mediador que trata de conciliar y acercar sus posiciones. A diferencia del arbitraje, donde las partes se obligan previamente a acatar la resolución de un árbitro elegido por ellas, el mediador no tiene capacidad de decisión, sino que trata de acercar posturas entre los litigantes para que lleguen a un acuerdo ellos mismos. No obstante, y como medida para reforzar los pactos alcanzados, si las partes elevan éstos a escritura pública podrán pedir su ejecución en los tribunales en caso de incumplimiento por alguna de ellas.

 

Sáenz de Santamaría ha precisado que el real decreto responde a la urgencia de reducir la litigiosidad para evitar el colapso de los tribunales de Justicia y a la necesidad de trasponer una Directiva Comunitaria de 21 de mayo de 2008, que estaba vencida de plazo desde 2011, para evitar sanciones de la Unión Europea. Ha indicado que el Gobierno pedirá a los grupos parlamentarios en el Congreso que aprueben su tramitación como proyecto de ley con el objetivo de incorporar las aportaciones de los distintos partidos políticos a la propuesta inicial del Ejecutivo.

 

Los acuerdos de mediación tienen un índice de cumplimiento voluntario por las partes muy superior al de los laudos arbitrales y las sentencias, que alcanza hasta el 98 por ciento de los casos, según el Ministerio de Justicia. El real decreto excluye expresamente la mediación penal, laboral, de consumo y con las administraciones públicas. 

[ABC]