Tras las vacaciones de verano, nos encontramos otra vez en la rutina de nuestro ejercicio profesional. Quizá hayamos renovado energía para volver a dedicarnos con nuevo ímpetu e ilusión a nuestro trabajo. O quizá asumimos resignadamente la vuelta a las asperezas y sinsabores que conlleva el sistema de justicia como una parte irremediable de nuestra labor profesional.

Esto último es lo que nos ocurre en una gran mayoría de casos. Vivimos un bajo nivel de bienestar en el ejercicio profesional de la abogacía. Son frecuentes las expresiones de frustración y malestar por el funcionamiento de la maquinaria del sistema de justicia, la relación con los clientes y a veces con los compañeros.

A casi todos nos gustaría que las cosas funcionaran de otra manera, sentirnos más tranquilos y realizados con el día a día de nuestro trabajo.

Sin embargo, lo que hacemos para intentar cambiar el sistema es limitado. Muchos nos hemos formado en mediación, conocemos la existencia de la justicia restaurativa, la justicia terapéutica, o hemos oído hablar del derecho colaborativo. Pero en general todo ello se percibe como algo testimonial, sin reparar de una forma consciente en su potencial transformador para construir una mejor justicia.

Hacernos más conscientes de nuestros condicionamientos intrínsecos para superarlos, para ser capaces de dar pasos más efectivos que nos lleven a una mayor realización profesional, hemos de tomar conciencia de los condicionamientos subjetivos que influyen en nuestra reacia mentalidad al cambio.

La primera limitación es la tradición impertérrita. El propio sistema en el que estamos inmersos, de tradición civilista o romano-canónica, en el que la justicia se ha venido identificando secularmente con el imperio de la ley y su aplicación por el servicio público especializado de los jueces.

Otro importante condicionamiento es la vetusta formación universitaria que hemos recibido, que data del año 1953 y sigue vigente en las facultades de Derecho de nuestro país. Se basa en “la premisa maniquea de que los intereses de las partes son necesariamente enfrentados y que tendrían que ser dirimidos por un tercero independiente e imparcial”, el juez (Fajardo 2016).

Tomar conciencia de que el cambio está vivo Cómo señala la abogada norteamericana y fundadora del movimiento de Derecho Integrativo (con este nombre desde el 2011), Kim Wright, la búsqueda activa de una justicia más humana, sensata y vinculada con las necesidades de las personas se ha extendido en todo el mundo, evolucionando en diferentes disciplinas y áreas de práctica profesional.

Desde el año 2008, esta compañera de EE.UU. ha estado viajando por todos los continentes habitados y ha constado la anterior afirmación.

Kim Wright ha hallado miles de abogados con una práctica profesional “diferente”, distante de mecanicismos, basada en la sensibilidad y atención holística a las personas, fundada en concepciones propias, o más articuladas como la mediación, o relacionadas con la justicia restaurativa, la justicia terapéutica o el derecho colaborativo.

El Derecho Integrativo es el paraguas común que recoge los principios y valores que dan vida a estas fórmulas diversas de las que participan los abogados en su ejercicio profesional, logrando una mayor realización profesional y una mayor satisfacción para sus clientes.

Plasmación de esta realidad son los libros escritos por Kim Wright Lawyers as Peacemakers, Practicing Holistic, Problem-Solving Law (“Abogados como agentes de paz, ejerciendo un Derecho holístico y de solución de problemas”) y Lawyers us Changemakers (“Abogados como agentes de cambio”) publicados con gran éxito en los años 2010 y 2015 respectivamente por el equivalente estadounidense al Consejo General de la Abogacía Española.

Propuestas de acción para impulsar cambios positivos en nuestro sistema de justicia Seamos receptivos a planteamientos distintos de la negociación entre abogados y al procedimiento judicial que partan de valores objetivamente beneficiosos para las personas individualmente consideradas y la sociedad en su conjunto. El encuentro respetuoso y amable, el diálogo, la responsabilización, la empatía, el equilibrio entre las partes, la paz emocional y la certeza en soluciones mutuamente satisfactorias.

Facilitemos a nuestros clientes la oportunidad de explorar procesos presididos por tales valores en toda clase de conflictos susceptibles de una reclamación judicial. Acompañémosles profesionalmente como canalizadores y asesores en la materialización de la mejor alternativa de solución, superando nuestro eventual escepticismo y tendencia a creer que el resultado idóneo es el más ventajoso económicamente.

Aunemos esfuerzos entre compañeros y con otros profesionales desde la creatividad sin complejos, que va más allá de lo jurídico, y la generosidad (no competitividad) para que valores como los citados se abran paso en nuestra práctica profesional y en el sistema de justicia.

Podemos asociarnos o colaborar con entidades profesionales que trabajan activamente en la introducción de procesos o crear foros de reflexión y trabajo para la promoción de cambios en nuestro entorno de justicia más cercano, cuya finalidad sea asimismo el cultivo consciente de esos valores, vehículos de un anhelado cambio de paradigma.

De esta forma los abogados no nos ocuparíamos únicamente de la constreñida legalidad, caracterizada además en los últimos años por una hiperactividad legislativa que cabe calificar de insensata y técnicamente pobre. Nos podríamos dedicar a una actividad profesional mucho más motivadora que nos acercaría un poco más a la justicia.

 

Artículo de nuestra mediadora y compañera Lourdes Fernandez Manzano publicado en la edición de octubre de la revista del Ilustre Colegio de Abogados de Gipuzkoa, Abokatuok páginas 12 y 13.