Se ha establecido un criterio interpretativo de notable trascendencia práctica respecto a la aplicación de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia procesal del Servicio Público de Justicia. En el Auto de la  Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 16ª) 458/2025, de 19 de diciembre, se confirma la inadmisión de una demanda de juicio ordinario por impugnación de acuerdo comunitario, fundamentando la decisión en una interpretación estricta de los requisitos de procedibilidad previos que la citada ley orgánica ha introducido en el ordenamiento procesal civil.

ver en economist&jurist